Saltillo.- De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en su Artículo 87 establece que el periodo para la entrega del aguinaldo a empleados y todas las personas asalariadas es del uno al 20 de diciembre y cualquier empleado que no lo reciba, tiene la protección y asesoría de las instancias laborales encargadas de defender los derechos de los trabajadores. La Ley precisa que todo trabajador que haya laborado un año completo deberá recibir 15 días de su salario base como aguinaldo y quienes trabajaron menos de un año, se les pagará la parte proporcional, es decir, una semana si su antigüedad en el centro laboral es de seis meses.

Todo trabajador este registrado o no ante el Seguro Social tiene derecho al pago de aguinaldo como una prestación obligatoria por parte del patrón.

Aquí en Coahuila operan en todas las regiones del estado los tribunales de conciliación laboral, a los cuales, pueden acudir los trabajadores a interponer una queja o denuncia en caso de que exista morosidad o negativa de su patrón a pagarle el aguinaldo.