Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó la prohibición de exhibir películas dobladas al español en México, al declarar inconstitucional el artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía. Esta decisión fue tomada luego de que el Congreso de la Unión incumpliera con una sentencia previa de la Primera Sala, la cual había otorgado un plazo de 90 días para reformar la ley en este sentido.
Durante la sesión del Pleno, los ministros avalaron emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad, al considerar que la norma violaba el derecho a la libertad de comercio. El artículo en cuestión solo permitía el doblaje para películas infantiles y documentales educativos, lo cual fue considerado una medida desproporcionada e innecesaria para proteger la integridad de las obras cinematográficas.
Con la eliminación de las porciones normativas que restringían el doblaje, ahora todas las películas, sin importar su clasificación, podrán exhibirse en español. La SCJN explicó que esta resolución garantiza el respeto a los derechos comerciales y elimina una barrera injustificada que limitaba la oferta cultural en los cines del país.







