Ciudad de México.- Con la llegada de la Semana Santa, surge entre los trabajadores mexicanos la inquietud sobre si el Jueves y Viernes Santos se consideran días de descanso obligatorio. Para este 2026, el periodo se celebrará del 29 de marzo al 5 de abril, destacando el jueves 2 y viernes 3 de abril como fechas relevantes; sin embargo, su otorgamiento como días libres dependerá de cada centro de trabajo.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), estos días no están contemplados como descanso obligatorio, por lo que los empleados pueden ser requeridos a laborar sin recibir un pago adicional. En este sentido, tanto el Jueves como el Viernes Santo se consideran jornadas laborales normales, salvo que la empresa decida otorgarlos como un beneficio interno o exista algún acuerdo previo que así lo establezca.
La legislación laboral mexicana señala que únicamente en los días festivos oficiales se debe pagar un salario triple en caso de trabajar, como ocurre el 1 de mayo, 16 de septiembre, 16 de noviembre y 25 de diciembre. A pesar de ello, algunas empresas, escuelas e instituciones optan por suspender actividades durante la Semana Santa por tradición o políticas internas, aunque este descanso no está garantizado por la ley.







